La propuesta presidencial de “democratizar la justicia” ha suscitado controversias en los distintos ámbitos de la Nación. Recordemos que, entre las leyes propuestas, aparece un Consejo de la Magistratura que será integrado por una mayoría de integrantes surgidos de los partidos políticos y elegidos mediante votación pública, integrando listas partidarias junto a los candidatos propuestos para integrar los demás poderes. Dicho Consejo se encarga de promover nuevos jueces e incluso de separar a los que están en actividad en caso de juicios políticos adversos, siendo una importante institución dentro del Poder Judicial.
En caso de que exista un gobierno tiránico, los funcionarios ubicados en puestos jerárquicos, tanto de los distintos poderes como en las reparticiones estatales, serán mantenidos o removidos en función de su afinidad o lealtad personal mostrada respecto del Presidente de la Nación. De ahí que, si los jueces en actividad, o los jueces a designar, no muestran “lealtad personal al Presidente”, verán peligrar su estabilidad laboral e, incluso, la libertad para ejercer sus funciones, que debe surgir de actitudes neutrales, imparciales e independientes. Es por ello que, entre los posibles efectos de la nueva ley a promulgar, aparece un sometimiento del Poder Judicial a la persona que dirige al Poder Ejecutivo.
El economista Alfonso Prat Gay mencionó una analogía ilustrativa comparando la justicia con el fútbol. Debido a que existe un Consejo de Árbitros que decide los ascensos de futuros árbitros y penalidades para los que están en actividad, si los integrantes de tal Consejo fuesen elegidos “democráticamente”, seguramente que la mayoría de ellos será electa con el importante apoyo del voto de los simpatizantes de Boca Juniors, por lo cual los árbitros tendrían cierta predisposición a favorecer a dicho club para poder mantenerse en la actividad.
El conjunto de leyes que regula los distintos poderes del Estado debe prever que, en ciertas circunstancias, pueden surgir gobernantes con pretensiones tiránicas, aunque ello no sea siempre así. Al adoptar tal medida de seguridad, se protegerá a la Nación de convertirse en un totalitarismo. Por ello, gran parte de los países han adoptado el principio de la división de poderes, para salvaguardar precisamente la libertad y la dignidad de todos los ciudadanos. Al respecto podemos leer en una Enciclopedia:
“La división de poderes se atribuye a Montesquieu (1689-1755), filósofo y escritor francés que en su obra «El Espíritu de las leyes», aparecida en 1748, dice que «todo poder por naturaleza tiende a convertirse en tiránico y que la única manera de evitar la tiranía es conseguir que el poder detenga al poder». Esto puede conseguirse si el Estado dispone de tres clases de poder: el legislativo, que elabora y aprueba las leyes; el judicial, que, mediante la aplicación e interpretación de las leyes, resuelve las controversias que existen entre los propios ciudadanos o entre éstos y las administraciones públicas, y el ejecutivo, que es el encargado de hacer cumplir las leyes”.
“El primero de estos poderes es el que legisla, el segundo juzga y el tercero ejecuta los actos por los que se manifiesta el poder legislativo, o sea las leyes. El poder judicial se vale de las sentencias y el poder ejecutivo actúa a través de actos políticos y de la administración”. “Cada uno de estos tres órganos sólo debe disponer de un poder público, de modo que al estar separados y actuar autonómicamente, se equilibran sus fuerzas y se impide el poder tiránico”. “Del equilibrio de estos tres poderes separados depende el equilibrio del propio Estado, que también se halla sometido a la ley”.
Respecto del Estado de derecho, podemos leer: “Si la división de poderes constituye el presupuesto político para la existencia del derecho administrativo, lo que llamamos Estado de derecho será el presupuesto jurídico para esa misma existencia”. “Esta forma de Estado se instaura en el continente europeo a partir de la Revolución Francesa, con la pretensión de establecer una situación radicalmente opuesta a la anterior, despótica y absolutista, que ha quedado reflejada en las palabras que dirigió a Luis XIV uno de sus cortesanos: «todos vuestros súbditos os deben su persona, sus bienes, su sangre, sin tener derecho a pretender nada. Sacrificando todo lo que ellos tienen, cumplen con su deber y no os dan nada, porque todo es vuestro»”.
“Con el establecimiento de esta nueva forma de Estado se procura tutelar la libertad humana frente a la opresión estatal. Nace pues, como una reacción contra el Estado policía y el medio jurídico empleado, para evitar que el príncipe penetre en la esfera de los particulares. Consiste justamente en el reconocimiento de una zona libre de cualquier intromisión estatal”. “Lo que caracteriza, por tanto, al Estado de derecho es el otorgamiento a los particulares de los medios idóneos para la defensa de los derechos públicos reconocidos como tales. Y esto se conseguiría mediante el sometimiento del Estado a la LEY, en mayúscula y en sentido amplio, equiparable en este caso a DERECHO”.
“Todo lo anteriormente expuesto nos permite definir el Estado de derecho como aquella forma de Estado en que se reconocen y tutelan los derechos públicos subjetivados de los ciudadanos, mediante el sometimiento de la administración a la ley” (De “Mentor Enciclopedia de Ciencias Sociales”-Océano Grupo Editorial SA-Barcelona 1999).
Adviértase que los párrafos anteriores han sido extraídos de una Enciclopedia editada para ser utilizada en ámbitos educativos, y que incluso resulta adecuada para establecer un autoaprendizaje. Ello significa que los políticos oficialistas, abogados en su mayoría, y que promueven en la Argentina el sometimiento del Poder Judicial, además del Legislativo ya “conquistado”, al arbitrio del Poder Ejecutivo, son plenamente conscientes del paso que se pretende dar, es decir, desde la República hacia el totalitarismo. Las nuevas leyes propuestas por el gobierno, de ser promulgadas, harán de la Argentina una “tiranía constitucional”.
Los gobiernos populistas se caracterizan por pretender lograr el poder absoluto (“vamos por todo”) preocupándose sólo por la legitimidad del acceso al poder, pero dejando de lado la legitimidad de su ejercicio (“yo tengo los votos y hago lo que quiero”). Se genera, de esa forma, una reacción legitima de la ciudadanía, ya que se considera “parte interesada” por las acciones y decisiones del gobierno. Germán J. Bidart Campos escribió: “El primer atisbo [de desobediencia a la autoridad] lo hallamos ya en el Nuevo Testamento, en el texto de los Hechos de los Apóstoles donde dice que hay que obedecer primero a Dios que a los hombres”.
“Desde este planteo de base religiosa y ética, se salta a muy ulteriores concepciones, que al distinguir en el poder y en el gobernante una legitimidad de origen (cuando el acceso al poder es legal y regular) y una legitimidad de ejercicio (cuando el poder se usa conforme a derecho y justicia), van a fabricar la idea de que la legitimidad de ejercicio se pierde por el mal uso del poder. Ese ejercicio desviado llega a autorizar, en situaciones de extrema gravedad, la desobediencia y la resistencia. Estamos ante el tirano de ejercicio, o sea, aquél que pese a su titulo legal en el acceso al poder, emplea el poder en contra del bien común, de la ley natural, de la ley divina, de la justicia, etc.” (De “Lecciones elementales de política”-Ediar SA Editora CIyF-Buenos Aires 1996).
La legitimidad de origen surge del principio mayoritario asociado al proceso electoral, mientras que la legitimidad de ejercicio surge principalmente por la constitucionalidad de las decisiones y de las nuevas leyes propuestas, además de la buena gestión del Estado. Mariano Grondona escribió: “Recordemos que la democracia contemporánea incluye dos elementos principales, el principio mayoritario y la división del antiguo poder del monarca absoluto en varios poderes que se controlan recíprocamente. Si llamamos «democrático» al primero de esos elementos y «republicano» al segundo, tendremos que reconocer que las democracias contemporáneas más avanzadas no empezaron por ser democráticas sino republicanas, convirtiéndose recién después en el régimen mixto, democrático-republicano, también llamado democracia constitucional, que hoy las caracteriza” (De “El desarrollo político”-Editorial Sudamericana SA-Buenos Aires 2011).
Ante las nuevas leyes propuestas, no sólo se advierte la búsqueda de un incremento del poder presidencial sobre los restantes poderes del Estado, sino también un intento por incrementar el poder del Estado al debilitar instancias para el reclamo de los derechos individuales del ciudadano común. Roberto Cachanosky responde a la Presidente, a través de un personaje ficticio, luego del intento de expropiación de un predio de la Sociedad Rural: “Señora, en esta isla [la Argentina] rige el principio de que toda persona es inocente hasta que se demuestra lo contrario y Ud. pretende expropiar un terreno, que el juez no acepte la medida cautelar y que luego los productores demuestren que son inocentes. Ud. está dando vueltas el orden jurídico de la isla. Para Ud. son todos culpables hasta que demuestren lo contrario y por eso quiere eliminar las medidas cautelares” (De www.economiaparatodos.com.ar ).
Resulta irónico que un movimiento político autodenominado progresista, nacional y popular, en realidad proponga un retroceso hasta las épocas previas a la Revolución Francesa, incluso siendo tal procedimiento interpretado como una traición a la patria por la propia Constitución. La propuesta presidencial es considerada como una venganza contra la justicia por oponerse ésta, legalmente, a la aplicación de la Ley de Medios y a la expropiación del predio de la Sociedad Rural en Palermo. El ex fiscal Julio Strassera manifestó en declaraciones a Radio El Mundo: “Esto es gravísimo; es cambiar el sistema republicano de gobierno por un totalitarismo. La Justicia nunca depende de procesos electorales porque es un contrapoder, es para contener los excesos de aquellos que son producto de la voluntad popular, entonces esto hay que separarlo, como en cualquier república normal”.
“Todo esto lo van a aprobar los que van a quedar alcanzados por el articulo 29 de la Constitución, legisladores infames y traidores a la patria, porque ponen la fortuna, los bienes y la vida de los ciudadanos a merced del Poder Ejecutivo”. (Art.29.- “El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria”).
La justicia argentina, como muchas de otras instituciones, padece una severa crisis, en todos los sentidos. De ahí que se proponen dos soluciones diferentes: destruirla (propuesta oficial) o mejorarla (propuesta de la oposición).
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