Por lo general, desde los sectores de izquierda, se aduce que "debido a un sistema injusto, el delincuente ha sido marginado previamente de la sociedad y que el delito es una justa venganza contra el medio social". Al promover la libertad de los delincuentes, se tiende a perjudicar tanto al agresor como a la víctima, o a las futuras víctimas. Desde las posturas democráticas, por el contrario, al promover sanciones y encierros de los delincuentes, se trata de beneficiar a ambas partes, protegiendo a las personas decentes e impidiendo que el delito sea adoptado como una forma de vida en el transgresor.
Recientemente, una jueza se opuso a la aplicación de la ley que considera la imputabilidad de menores desde los catorce años. Al respecto leemos:
La jueza porteña Laura Beatriz De Marinis argumenta que aplicar la persecución penal a menores de 16 años bajo el nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801) constituye un "retroceso institucional" y una violación a los tratados internacionales de derechos humanos. Al declarar la inconstitucionalidad de la norma en un caso específico, la magistrada plasmó sus fundamentos centrales en el fallo:
Principio de no regresividad: Sostiene que someter a procesos penales a chicos de 14 años es una medida regresiva que va en contra del estándar que ya había fijado la derogada Ley 22.278 (que establecía el límite de punibilidad en los 16 años). Para la jueza, violar este principio choca directamente con las garantías consagradas en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Rol protector del Estado vs. castigo: Afirma que el Estado "no puede castigar en la adolescencia el desamparo sufrido en la primera infancia". En su visión, las trayectorias de jóvenes vulnerables requieren una respuesta social urgente e integral basada en la educación, la contención y la salud, en lugar de recurrir como primera opción al castigo penal.
Aclaración sobre la impunidad: De Marinis aclaró explícitamente en su resolución que "no existe legislación, ni doctrina, ni jurisprudencia que avale el derecho a la impunidad". Lo que cuestiona no es el juzgamiento de los delitos en general, sino que las herramientas elegidas por la nueva ley vulneran el bloque constitucional de derechos humanos al desproteger las garantías del menor de edad.
Cabe destacar que su fallo se aplicó puntualmente para dictar el sobreseimiento de un adolescente de 14 años en una causa por tentativa de robo, por lo que no anula la vigencia general de la ley pero ha desatado fuertes apelaciones fiscales y duras críticas del arco político.¿Te interesa conocer los detalles de la apelación presentada por la fiscalía o las repercusiones políticas que generó esta medida? (De Google Modo IA)
La nueva ley, que considera la imputabilidad de menores desde los 14 años, contempla nueve instancias previas al encierro, por lo que la finalidad de la detención no es el castigo sino que apunta a desligar al menor del ambiente que favorece su inserción en una vida delictiva. De esa manera se trata de beneficiar al menor en lugar de perjudicarlo.
Es oportuno mencionar los efectos negativos que se producen en los menores cuando no se los detiene a tiempo en su accionar delictivo. Si bien la siguiente síntesis hace referencia al acoso o bullying, los efectos negativos serán similares en otras variantes de acciones antisociales:
María Antonia Osés escribió: "Efectos negativos sobre la salud psicológica y las relaciones sociales del niño que agrede. Se mencionan a continuación ejemplos de consecuencias sobre la salud física y psicológica del acosador:
Disminución de la empatía: el agresor no puede ponerse en el lugar de la víctima ni reconocer sus derechos.
Desinterés por las normas morales: no quiere comprender las normas morales establecidas o los límites impuestos por la institución. Con el tiempo deja de percibir lo que está bien o está mal.
Problemas escolares: el acosador baja el nivel de sus calificaciones y empeora la disciplina.
Ausentismo escolar: como al agresor le cuesta aceptar las normas de la institución, se ausenta mucho de sus actividades escolares.
Relaciones basadas en la violencia: cree que puede conseguir poder y liderazgo a través del ejercicio de la violencia. Por ello, tenderá a someter a los demás y a usar la agresividad para conseguir sus objetivos.
(Del "Diccionario Paidós de bullying y ciberbullying"-Editorial Paidós SAICF-Buenos Aires 2017).
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)

No hay comentarios:
Publicar un comentario